Industria Agroalimentaria

El Tribunal Supremo obliga a las cárnicas a pagar un plus de ruido a los trabajadores

lunes, 16 de julio de 2018


Industria cárnica (Foto Fecoam)


La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia por la que obliga a las empresas cárnicas a pagar un plus de ruido a sus trabajadores tras una demanda y recurso de casación presentados por el comité de empresa de Industrias Cárnicas Tello, ha informado el sindicato USO.


Según ha confirmado el Supremo a Efeagro, aunque se trata de un caso concreto, la resolución sienta la doctrina correcta y es aplicable al resto de las empresas del sector, por lo que podrá beneficiar a más de 200.000 trabajadores en España.


Después de un proceso que ha durado varios años, el Alto Tribunal entiende que el pago de este plus estaba contemplado en el artículo 57 del Convenio Colectivo de la compañía y que debe seguir abonándolo, tal y como ya sentenció el Juzgado Nº 2 de Toledo en septiembre de 2014.


Dicho artículo establecía que los empleados deben percibir el plus de ruido siempre que no se hayan eliminado técnicamente las condiciones acústicas para conseguir alcanzar menos de 80 decibelios y que el trabajador sometido a mayores niveles de ruido, utilice la protección auditiva.


En enero de 2012 Cárnicas Tello decidió unilateralmente dejar de abonar este concepto sin que se hubiera dado ninguna mejora técnica o productiva en la maquinaria o instalaciones que produjera un descenso de las condiciones de exposición al ruido.


La compañía recurrió el dictamen de del Juzgado Nº 2 de Toledo en septiembre de 2014 y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha la absolvió de esta obligación, pero el Supremo ha vuelto a dar la razón a los trabajadores.


La Federación de Industria de USO -sindicato mayoritario en Cárnicas Tello- ha valorado positivamente el fallo y ha adelantado que iniciarán una campaña de difusión en todas las empresas del sector a nivel estatal exigiendo su ejecución "inmediata". 

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