Vino, Cava y otras bebidas

La UE autoriza los activadores de fermentación maloláctica para elaborar vino

miércoles, 18 de mayo de 2016


La Comisión Europea ha autorizado el uso de activadores de fermentación "maloláctica" como práctica enológica, tal y como recoge el Reglamento Delegado de la Comisión de 11 de marzo de 2016, que publica el Boletín Oficial de la Unión Europea (UE). "El objetivo es añadir activadores de fermentación maloláctica al final o después de la fermentación alcohólica para facilitar la fermentación maloláctica", indica el Reglamento.


En todo caso, puntualiza que los activadores de fermentación maloláctica deben ajustarse a los requisitos del Codex Enológico Internacional, publicado por la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV).


En el caso de que los activadores sean "celulosa microcristalina" deben cumplir las especificaciones establecidas en el anexo del Reglamento UE 231/2012 de la Comisión.


La autorización de los activadores se produce después de que la OIV haya aprobado tres nuevas prácticas enológicas, entre las que se encuentra el uso de los mismos y, también, el tratamiento de vinos y mostos con "glutatión" (un aditivo alimentario con propiedades antioxidantes).


Sin embargo, sobre el "glutatión", la CE especifica que éste "no figura actualmente en la lista de la Unión Europea de aditivos alimentarios autorizados, y por ello "no pueden autorizarse" como nuevas práctica enológicas en la UE hasta que no se incluya en ella, sobre la base de un dictamen favorable de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. 

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