EMPRESAS Y ORGANIZACIONES AGRARIAS

Los operadores que comercialicen madera o sus productos deben darse de alta como agentes para cumplir con la normativa europea

lunes, 23 de mayo de 2016

Las consejerías de Agua, Agricultura y Medio Ambiente y de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo ponen en marcha la aplicación de los reglamentos europeos para evitar el comercio ilegal de madera y de sus productos derivados. Así, los operadores que comercialicen madera o sus productos deben darse de alta como agentes que comercializan este material para cumplir con la normativa europea. 


Este trámite lo debe realizar el propietario forestal para la producción local o nacional de madera, y el importador para el comercio exterior, según indicaron fuentes del Gobierno regional.



Los agentes que comercialicen con madera deberán ser capaces de identificar en toda la cadena de suministro a los agentes o comerciantes que les hayan suministrado el material y, cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y productos de madera. Está prohibida la comercialización aprovechada ilegalmente.



Esta nueva normativa tiene su origen en el Real Decreto 1088/2015 de 4 de diciembre, que asegura la legalidad de la comercialización de madera y sus productos y establece obligaciones de los comercializadores.


La normativa se aplica a toda la madera y derivados que se comercializan por primera vez en el mercado comunitario, tanto a los producidos dentro de la UE como a las importaciones. Se incluye desde la madera en rollo hasta el papel no impreso, excluyéndose los reciclados.


En la página web de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente se podrán descargar el formulario para darse de alta como agente que comercializa con productos de la madera. Los formularios, una vez cumplimentados, se enviarán a la dirección de correo electrónico politicaforestal@carm.es. 

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