Naturaleza

Comunidad Autónoma no es titular de la desaladora de Escombreras, según el TSJ

viernes, 1 de julio de 2016


La titularidad de la desaladora de Escombreras, que es objeto de polémica en los últimos meses por las investigaciones políticas y judiciales que se desarrollan en torno a la misma, no pertenece a la Comunidad Autónoma sino a la empresa Hydro Management, según se recoge en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).


La Sala de lo Contencioso del TSJ, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, coincide así con el ayuntamiento de Cartagena, que precisamente por no ser de titularidad pública la desaladora no estaba exenta del pago del Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO).


Así mimo, indica la Sala, que tiene como ponente a la magistrada Leonor Alonso, que el consistorio cartagenero reclamó, en concepto de ese impuesto, el pago de 1,5 millones de euros, decisión que fue recurrida ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Contencioso al que correspondió el asunto en primera instancia desestimó la reclamación.


La sentencia ahora confirmada rechazó en primer lugar la alegación referida a la exención del ICIO de las obras hidráulicas de las que son titulares las comunidades autónomas porque esta desaladora "no goza de declaración de obra hidráulica de interés general".


Así mismo exponía que "la empresa no ha demostrado que la titularidad de la misma sea de la Comunidad Autónoma, tratándose de una obras pública de titularidad privada".


Y recalcaba que "esta obra no es de titularidad de la Comunidad Autónoma ni de ningún organismo adscrito a ella, sino de una entidad mercantil que concertó con la sociedad dependiente de aquella institución un contrato de llave en mano con 'Tedagua, S.A.' para la construcción de una desaladora y de sus canalizaciones, que, una vez realizadas, arrendó a 'Desaladora de Escombreras, S.A.' para su gestión y explotación".


La Sala sí ha estimado una parte del recurso planteado por 'Hydro Management', al señalar que la base imponible tenida en cuenta por el ayuntamiento de Cartagena debe verse reducida en la cantidad de 1,5 millones de euros.


Y se basa para ello en que la documentación aportada por 'Tedagua, S.A' contenía un error al duplicar el coste de los motores y bombas de captación de agua del mar para la planta. 

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