Naturaleza

Agricultura saca a información pública la norma que regulará la práctica de la cetrería en la Región

domingo, 12 de marzo de 2017



El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publicó el pasado 6 de marzo el anuncio de la Dirección General de Desarrollo Rural y Forestal por el que se somete a información pública y audiencia de los interesados, durante un periodo de dos meses, el proyecto de decreto para la regulación de la práctica de la cetrería en la Región de Murcia y por el que se creará el Registro de Aves de Cetrería.


El texto abarca aspectos tales como identificación de las aves, época y tipos de terrenos cinegéticos para la caza, el adiestramiento, entrenamiento, limitaciones espaciales, su inclusión en los planes de ordenación cinegética, registro de aves de cetrería, obligaciones del cetrero, inspección, instalaciones para la tenencia de estas aves, competiciones deportivas, decomiso, infracciones, sanciones y tipo de licencias.


Además, la interacción que esta actividad puede tener sobre el medio ambiente y el previsible aumento del número de especies autorizadas para su práctica, así como la necesidad de tener identificados todos los ejemplares conforme a la Ley de sanidad animal, hace necesario disponer del Registro de aves de cetrería de la Región de Murcia, que contenga los datos básicos de identificación del ave y del propietario, lo que asegurará su trazabilidad desde su nacimiento y permitirá conocer el 'status' sanitario y el origen legal de las aves, informaron fuentes del Ejecutivo autonómico.


La Dirección General viene trabajando de forma coordinada desde hace un año y medio con la Asociación Murciana de Cetrería, así como con cetreros, además de la Federación de Caza de la Región de Murcia, para regular esta actividad milenaria.


Las aves de presa están protegidas en el territorio nacional por el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del ‘Listado de especies silvestres en régimen de protección especial’ y del ‘Catálogo español de especies amenazadas’. De igual forma, diversas normas y convenios internacionales suscritos por el Estado Español otorgan protección a las mismas.


En el marco de la Ley de caza y pesca fluvial de la Región de Murcia, no se incluye ningún artículo que haga referencia a la modalidad de caza de la cetrería. Las modalidades que pueden practicarse así como los requisitos para llevar a cabo las mismas se definen y regulan anualmente en la Orden General de Vedas, que publica la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente.


Dada la tradición de esta modalidad cinegética en la Región, así como su importancia para la seguridad del tráfico aéreo, el control de determinadas poblaciones animales y el mantenimiento de los equilibrios biológicos, su escasa incidencia en las poblaciones cinegéticas, y al tratarse de un procedimiento no masivo y selectivo, procede su regulación mediante este Decreto.


La declaración de la cetrería como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por parte de la Unesco, en 2010, ha hecho que aumente el número de personas aficionadas a esta actividad y consecuentemente la demanda de la ampliación del número de especies que se utilizan en esta modalidad cinegética.


Las técnicas de cetrería ofrecen importantes conocimientos en el manejo y mantenimiento de las aves de presa, de gran utilidad en las tareas de recuperación, reintroducción y cría de estas especies protegidas. Por tanto, en la actualidad es posible el ejercicio de la cetrería en el ámbito geográfico regional.


CRÍA EN CAUTIVIDAD


La cría en cautividad de aves de presa, además de ofrecer ejemplares para el desarrollo de otras actividades, permite la posibilidad de reforzar las poblaciones naturales, en los casos necesarios, mediante la adaptación al medio de ejemplares nacidos en cautividad, siempre en el marco de los planes de gestión previstos por la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente para las especies amenazadas.


El desarrollo de técnicas para la crianza en cautividad y la posibilidad de importación de aves de presa debidamente legalizadas garantizan la disponibilidad de ejemplares para su uso en las actividades que así lo requieran, sin perjuicio para las poblaciones naturales.


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