Naturaleza

El TSJ de Murcia anula la orden que autorizó la construcción de invernaderos que dañaron el medio ambiente en Mazarrón

miércoles, 31 de mayo de 2017

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha estimado el recurso presentado por la Demarcación de Costas del Estado y ha anulado la orden de la Consejería de Obras Públicas del gobierno murciano de enero de 2012 que autorizó la construcción de unos invernaderos que dañaron el medio ambiente.


La sentencia señala, tras analizar los daños producidos, que "dada la envergadura de la actuación que fue autorizada -en el término municipal de Mazarrón (Murcia)-, que abarcó más de once hectáreas en la propia zona de servidumbre de protección, no puede negarse el enorme impacto paisajístico que generó".


Y añade que ese impacto tuvo tan grande incidencia porque supuso la transformación por completo de la finca sobre la que fueron construidos los invernaderos, "variando la pendiente de la misma, generando cuatro terrazas o parcelas, al tiempo que se originaron taludes que excedían de tres metros en un cuarenta por ciento".


La sentencia del TSJ señala que la construcción de los invernaderos tampoco respetó las exigencias de diafanidad en el vallado que fue instalado.


Para la Sala no hay duda de que "del hecho de que puedan realizarse en zona de servidumbre de protección cultivos y plantaciones no cabe deducir, sin más, que cualquier actuación ejecutada de carácter agrícola pudiera tener cabida en la misma".


En el recurso que presentó la Abogacía del Estado en nombre de la Demarcación de Costas, que ha sido estimado por el TSJ, se afirmaba que entre la vegetación existente en la finca objeto de roturación existen especies de flora protegida, como la "Periploca angustifolia", considerada vulnerable, o la "Lyciummintricatum", que tiene interés especial".


El recurso recogía también que se había observado la destrucción de formaciones vegetales consideradas de interés comunitario, como matorrales arborescentes de "Ziziphus lotus", matorrales halófilos, tomillares ricos en endemismos o matorrales halonitrófilos.


Al estimar el recurso, la sentencia condena a la administración regional al pago de las costas generadas por el mismo. 

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