Ganadería y Pesca
COAG solicita al Gobierno que el tiempo que las instalaciones han permanecido cerradas no se compute dentro del plazo finalmente restablecido

Una sentencia del Supremo permitirá la reapertura de las plantas de tratamiento de purines cerradas en 2014 por el recorte a las renovables

viernes, 24 de noviembre de 2017


El Tribunal Supremo ha declarado nula la decisión del Ministerio de Industria y Energía de limitar a 15 años las ayudas a las plantas de tratamiento de purines para generar electricidad a partir de deyecciones ganaderas. La sentencia permite reabrir todas las plantas que tuvieron que cerrar el 2014 por el recorte del Estado a las energías renovables y la cogeneración, restableciendo el plazo con derecho a ayudas a 25 años.


Tres plantas de tratamiento y cogeneración energética de purines tuvieron que cesar su actividad en 2014 en la Región de Murcia, de las 29 que resultaron afectadas en el conjunto del país. 


En concreto, dos de estas instalaciones, ubicadas en El Hinojar y Tercia, en el término municipal de Lorca, cerraron en febrero de aquel año, dejando sin tratamiento 196.000 toneladas de residuos orgánicos de cerdo al año, a que hay que sumar la pérdida de puestos de trabajo. Cada una de estas plantas, que suman una plantilla de unos 30 trabajadores, trataban unas 260 toneladas de residuos orgánicos de cerdo al día y producían 14,9 megavatios de energía eléctrica.


En 2014, cuando se tuvieron que cerrar las plantas, COAG rechazó la decisión del Estado español, organizando manifestaciones en Madrid y en principales regiones productoras de porcino, entre ellas Murcia, mientras mantenía reuniones con los representantes de los ministerios de Energía y de Agricultura para intentar revertir una situación que perjudicaba enormemente a los productores de porcino españoles.


El presidente de la Asociación de Empresas para el Desimpacto Ambiental de los Purines (ADAP), Josep Capdevila, ha valorado la "sensibilidad" que ha mostrado el Tribunal Supremo (TS) en un auto en el que anula una normativa del Gobierno que estipulaba una vida útil de 15 años para las plantas de purines.

Capdevila ha asegurado a Efeagro que este auto demuestra que "no era de recibo" la Orden ETU/555/2017, de 15 de junio, del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (Minetad) en la que se estipulaban esos 15 años de vida útil, lo que supondría la pérdida de rentabilidad de estas instalaciones, muchas de las cuales habían cerrado en 2014 tras la reforma energética que recortaba el montante de ayudas que recibían.

Según recoge el auto, el Supremo alega que la sentencia que emitió en su día sobre la Ley de reforma energética -consecuencia de los recursos presentados por algunas plantas a la citada reforma- no anulaba el artículo que recogía una vida útil de 25 años.

El Minetad no lo entendió así y elaboró una Orden en junio pasado en la que volvía a abordar este asunto para rebajar dicha vida útil a 15 años.

Este auto corresponde al proceso judicial comenzado en su día por Energyworks San Millán, pero Capdevila espera que los siguientes vayan "en la misma línea". Ha considerado que es una "buena noticia" porque "seguramente" permitirá que cerca del 80 % de las instalaciones existentes vuelvan a abrir sus puertas.


NO COMPUTAR EL TIEMPO 


Desde la organización agraria COAG, han valorado esta decisión del Supremo y han pedido a las administraciones estatales y autonómicas agilizar los trámites necesarios para reabrir las instalaciones.

Asimismo, ha pedido que los años que las plantas han permanecido cerradas como consecuencia del "recorte" del Gobierno no computen dentro de los 25 años de vida útil que la Ley de reforma energética establece.

COAG calcula que en el conjunto del país la reapertura de las plantas facilitará a 2.000 granjas la gestión anual de más de 2.500 millones de litros de subproductos .





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