Daños por climatología adversa y seguros

Publicadas en el BOE las condiciones de los seguros para el ganado porcino

jueves, 2 de mayo de 2019


Cerdos Granja Porcina (Foto Interporc)


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica en su edición de este martes la orden por la que se definen las condiciones para asegurar las explotaciones de ganado porcino.


Define las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el período de garantía y suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado porcino, comprendido en el cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.


Según el texto normativo, para el seguro se tendrán en cuenta los grupos de razas selecto o puro, raza ibérica y machos de raza Duroc, raza Celta y razas de cerdo blanco.


A efectos del seguro también se diferencian los regímenes de centros de inseminación artificial, de producción de lechones, los de ciclo cerrado o mixto, de transición de lechones, de cebo/recría intensivo y de cebo extensivo.


Asimismo, se diferencian los tipos de animales entre reproductores selectos machos, reproductores selectos, reproductores, animales de transición, animales de cebo y recría intensiva, animales de cebo extensivo y lechones.


El período de suscripción del seguro de explotación de ganado porcino se iniciará el próximo 1 de junio y finalizará el día 31 de mayo de 2020. 

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