El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las condiciones para contratar la línea de seguro principal y complementaria para explotaciones de olivar, cuyos primeros módulos se pueden solicitar a partir del 1 de septiembre.
Asimismo, el MAPA ha difundido las condiciones para solicitar la línea de seguro para frutos secos y la de níspero y otros frutales.
La Orden APA/862/2019, que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), precisa como bienes asegurables las distintas variedades e instalaciones de los cultivos de azufaifo, castaño, endrino, granado, higuera, kiwi, membrillo y níspero.
La norma incluye como cultivos asegurables los de algarrobo, almendro, avellano, nogal, pacano y pistacho, así como las instalaciones y los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.