Daños por climatología adversa y seguros

Agricultura detalla las condiciones para asegurar los cultivos de hortalizas al aire libre

viernes, 24 de diciembre de 2021


Campo alcachofa (Foto Asoc Alcachofa de la Vega Baja)


El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha hecho públicas las condiciones para asegurar los cultivos de explotaciones hortícolas al aire libre tanto de ciclo primavera-verano como de ciclos sucesivos, en ambos casos en la Península y en Islas Baleares.


La Orden APA/1435/2021 que este jueves recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) define los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de hortalizas al aire libre de ciclo primavera-verano, y la Orden APA/1436/2021, las de ciclos sucesivos.


En la primera normativa se incluyen como productos asegurables la achicoria-raíz, alficoz, berenjena, calabacín, calabaza, calçot, cebolla, cebolleta, chirivía, chufa, judía verde, melón, melón amargo, nabo, okra, pepinillo, pepino, perejil de raíz, pimiento, puerro, rábano, remolacha de mesa, sandía, tomate y zanahoria.


Precisa que para el riesgo de ahuecado de sandía, la línea de seguro solo cubre los daños en calidad, y que para el riesgo de virosis en tomate de industria, la reposición el levantamiento del cultivo.


En la segunda normativa se definen como bienes asegurables la acelga, achicoria de hoja verde, apio, baby-leaf, berza, borraja, brócoli, coles de bruselas, col-repollo, coliflor, escarola espinaca, grelos, hinojo, hortalizas orientales, kale, lechuga, pak choi y romanesco.


También varias plantas aromáticas, entre las que se incluyen la ajedrea, albahaca, cebollino, cilantro, comino, eneldo, estragón, hierbabuena, mejorana, menta, mostaza, orégano, romero, tomillo, perejil liso y rizado, y otras.

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