Vino, Cava y otras bebidas

El TSJ de Madrid da la razón a Extremadura sobre las limitaciones al cava

lunes, 1 de agosto de 2022


Viñedo Cava (Foto AVAAsaja)


El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha estimado íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de 2019 que impedía nuevas plantaciones de cava.


Tras esta nueva decisión judicial favorable al gobierno de Extremadura, la Administración regional instará a la ejecución de sentencia para defender que se inscriban el total de solicitudes de replantaciones de viñedos en la comunidad correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022, según ha informado el Ejecutivo extremeño.


La resolución del de 13 de diciembre de 2019 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del MAPA determinaba que en el territorio de la DOP Cava se limitara a 0,1 hectárea, para los años referidos, la superficie disponible para autorizaciones de nueva plantación, lo que se consideraba que perjudicaba a Extremadura.


Asimismo, señalaba que se aplicarían restricciones a las autorizaciones de replantación y a las de conversión de derechos de replantación que destinaran su producción a la elaboración de vinos con la DOP Cava durante un plazo de tres años, computados desde el 29 de diciembre de 2019.


El MAPA entendía que la no aplicación de restricciones podía suponer un riesgo de devaluación significativa de la denominación de origen protegida.


Ahora, la sentencia anula la resolución recurrida porque previamente el Tribunal Supremo, a raíz de otro recurso de la Junta, había declarado la nulidad del régimen jurídico que permitía aplicar restricciones por el simple criterio defendido por la DOP Cava.


Además, el Ejecutivo autonómico también presentó otro recurso ante el TSJ de Madrid para exigir un acuerdo de las partes representativas de esta denominación de origen, en la que se incluye Extremadura. 

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