Cítricos

La Comisión Europea avala los controles de Israel para sus envíos de naranja ante la falsa polilla

jueves, 29 de septiembre de 2022


Cítricos dañados falsa polilla naranja (Foto Junta de Andalucía)


La Comisión Europea (CE) ha aprobado los requisitos equivalentes para la entrada de naranja (Citrus sinensis Pers.) originaria de Israel a propósito de los riesgos que plantea la plaga cuarentenaria de Thaumatotibia leucotreta (Meyrick) o de la falsa polilla.


El Reglamento de Ejecución 2022/1659 que este miércoles publica el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) expone que Israel había solicitado a la CE el reconocimiento de su enfoque de sistemas de control de esta plaga como equivalente a los requisitos especiales establecidos en la Unión Europea (UE).


En concreto, un anexo del Reglamento de Ejecución 2019/2072 de la UE prevé la opción de un enfoque de sistemas con un régimen específico de tratamiento en frío.


Tras una evaluación del enfoque de sistemas israelí -que incluye, entre otras medidas, la vigilancia y control de la plaga en las instalaciones de producción y envasado, con inspecciones oficiales antes de la exportación-, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) formuló recomendaciones.


Tras la adaptación en Israel a esas recomendaciones, Bruselas ha decidido publicar los requisitos equivalentes para la entrada en el mercado comunitario de naranjas israelíes, que han de recogerse en el certificado sanitario de cada partida.

Los requisitos implican que las instalaciones de producción y de envasado han sido registradas y aprobadas por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria de Israel (ONPF).


En el caso de que se hayan detectado más de tres frutos infestados durante una inspección, este protocolo prevé que se suspenda durante cinco semanas la exportación a la UE desde la instalación de producción en cuestión y, después de este período, que se apliquen medidas de control intensificadas contra la plaga.


Además, antes de la exportación, un 2% de los frutos de la partida se ha de someter a inspecciones oficiales para detectar la presencia de la plaga, incluido un muestreo destructivo en caso de síntomas para constatar que los frutos en cuestión están libres de dicha plaga, según la normativa. 

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