Daños por climatología adversa y seguros

Convocadas las ayudas complementarias para el seguro agrario en la Región de Murcia

miércoles, 22 de marzo de 2023


Abril2022 Helada Ciril Nectarina. Comunidad Valenciana (Foto Agroseguro)


El Boletín Oficial de la Región de Murcia ha publicado el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Región de Murcia por un importe de 4.395.000 euros.


Serán subvencionables las pólizas de seguros agrarios suscritas con fecha de entrada en vigor desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive, de las líneas indicadas en el artículo anterior. De manera excepcional también se subvencionarán las pólizas que en la convocatoria del año 2022 no fueron abonadas.


Las líneas de seguro contempladas son explotaciones frutícolas, citrícolas, hortícolas bajo cubierta, hortícolas al aire libre de ciclo otoño-invierno, cultivos herbáceos extensivos, frutos secos, vitícolas, uva de mesa, cereza, así como planta viva, flor cortada, viveros y semillas. También cultivos industriales no textiles y hortícolas con ciclos sucesivos.


En cuanto a ganadería y pesca, se incluye el vacuno de reproducción y producción, ovino y caprino, explotaciones de ganado aviar de carne, ganado aviar de puesta y apicultura. A su vez, tiene en cuenta tanto la acuicultura continental como la marina, y la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación.


El importe de la subvención cuyo pago corresponde a la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca se deducirá del importe de la prima que abone el tomador o el asegurado en el momento de la suscripción de la póliza.


En el caso de que la póliza se haya suscrito con anterioridad a la declaración del crédito presupuestario disponible, el descuento de Agroseguro correspondiente a la subvención complementaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se aplicará una vez esté disponible dicho crédito.


La ayuda queda condicionada a la efectiva exigencia de crédito adecuado y suficiente. En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible, no se aplicará el descuento de las pólizas suscritas siempre que se haya comunicado previamente a Agroseguro con una antelación de 21 días naturales.


En el caso de aplicarse el descuento con el crédito presupuestario agotado, podrá solicitarse al beneficiario el reintegro.


El importe de esta subvención se establece en un porcentaje del 15 por ciento del importe de la subvención concedida por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (Enesa) a cada solicitante por las pólizas suscritas de las líneas establecidas.


No se concederán las subvenciones para la contratación de seguros agrarios cuando el importe total de la ayuda sea inferior a cuarenta euros por póliza. El importe máximo a subvencionar por póliza será de 30.000 euros. La determinación de estos importes siempre se aplica a la situación actualizada de la póliza.


La subvención concedida para cada póliza, sumada a la concedida por Enesa en el mismo ámbito, no podrá superar los límites establecidos en la normativa comunitaria sobre Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícolas y forestales y en las zonas rurales de 2023 a 2027. En el caso de que se superase este límite, se detraerá el exceso de la subvención de la Comunidad Autónoma.

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