Sequía/Inundaciones

Comienza el pago de 712 millones en ayudas extraordinarias a agricultores y ganaderos afectados por la sequía

miércoles, 5 de julio de 2023


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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento para pagar un total de 712,7 millones de euros en ayudas extraordinarias a agricultores y ganaderos afectados por la sequía.


El real decreto-ley aprobado el pasado 4 de mayo por el Consejo de Ministros establecía ayudas extraordinarias por 631,7 millones de euros para compensar las pérdidas y el incremento de los costes de producción producidos por la sequía y como consecuencia de la guerra en Ucrania a los agricultores y ganaderos españoles.


Además, se abonarán también los 81 millones de euros asignados a España de la reserva agrícola de la Política Agraria Común (PAC), a petición del ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, realizada a la Comisión Europea.


PUBLICADO EL LISTADO PROVISIONAL DE EXPLOTACIONES GANADERAS BENEFICIADAS


El ministerio publicó ayer en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) el listado provisional de los 74.651 titulares de explotaciones ganaderas que se van a beneficiar de la ayuda de Estado por 355 millones de euros.


Este apoyo extraordinario, que se empezará a desembolsar a partir de octubre, se concede directamente a los beneficiarios, productores de carne de vacuno (vacas nodrizas), de ovino y de caprino y productores de leche de vaca, oveja y cabra que hayan sido beneficiarios de ayudas asociadas a la ganadería de la Política Agraria Común (PAC) de la campaña 2022 y que tengan censo mayor que cero a 30 de abril de 2023.


En el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias los beneficiarios serán los titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino dadas de alta en el Registro General de Explotaciones Ganaderas a 30 de abril de 2023.


Las ayudas se conceden cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros. Se estima que los beneficiarios que cumplen con las condiciones establecidas para acceder a esta ayuda, que no presenten alegaciones y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, podrán percibir estas ayudas en el mes de octubre.


El presupuesto total asignado de 355 millones de euros se distribuye de la siguiente forma: 197 millones de euros para los productores de carne de vacuno, 117,4 millones de euros para los productores de carne de ovino y caprino, 17,4 millones de euros para los productores de leche de vaca y 23,2 millones de euros para los productores de leche de oveja y cabra.


En base a los datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al número de animales que serían elegibles para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se ha realizado un ajuste lineal a los importes unitarios indicados en el real decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, de tal forma que se han establecido los siguientes importes unitarios por cabeza de ganado para las zonas de afección alta de sequía:


  • Vaca de carne (nodriza): 143,48 euros
  • Oveja y cabra de carne: 15,89 euros
  • Vaca de leche: 55,12 euros
  • Oveja y cabra de leche: 8,66 euros

Tal y como establece el real decreto-ley, las explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas como zonas de afección media de sequía recibirán el 50 % de los importes previstos para cada especie y orientación productiva, mientras que las de afección moderada percibirán el 25% de los importes.


Para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725 animales subvencionables por beneficiario. Los productores de vacas nodrizas percibirán el 100 % del importe unitario para las 250 primeras vacas, y un 50 % de los mismos desde la 251 hasta la totalidad de su censo. Los productores de ovejas y cabras percibirán el 100 % de los importes respectivos para los primeros 2.000 animales, y el 50% de los mismos para el resto de sus animales elegibles.


El número provisional de titulares de explotación y los importes totales provisionales por comunidades autónomas son:


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La relación de los titulares de las explotaciones que pueden optar a las ayudas, junto con el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a percibir están disponibles para su consulta en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA, se puede consultar la relación de los titulares de explotaciones ganaderas que pueden optar a las ayudas. 


Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 al 18 de julio) para realizar alegaciones, que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de la sede electrónica del FEGA.

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