Sequía/Inundaciones

El borrador del reparto de las ayudas a los agricultores por la sequía sale a consulta

miércoles, 5 de julio de 2023


Cereza del Jerte (Foto DOP Cereza del Jerte web)


El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha presentado también a consulta pública el borrador de orden ministerial por la que se establecerán los sectores agrícolas a los que se destinarán las ayudas extraordinarias establecidas en el Real Decreto Ley 4/2023, de 11 de mayo, con un presupuesto de 276,7 millones de euros, al que se añaden 81 millones de euros de la reserva agrícola de la PAC asignados a España.


Los fondos contemplados en este real decreto-ley se destinarán a aliviar la situación de los agricultores con superficies de cultivos herbáceos de secano, de determinados cultivos industriales (tomate de industria y arroz) y de cereza del Valle del Jerte (Cáceres), que se han visto afectados por el efecto combinado del incremento de los costes de producción derivados de las consecuencias de la guerra en Ucrania y por el efecto del segundo año consecutivo de sequía.


Para los cultivos herbáceos de secano, el importe unitario de la ayuda se diferenciará por zonas. Así, la zona más amplia, en la que las reducciones de cosecha han sido más acusadas, los agricultores recibirán el importe unitario por hectárea completo de la ayuda. 


Esta zona comprende las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja, la Comunidad Valenciana y la provincia de Álava, en el País Vasco. Los agricultores de las provincias del norte de Castilla y León (Zamora, León, Palencia, Valladolid, Burgos y Soria), en donde los efectos de la sequía han sido menos severos, así como los de las Islas Baleares y las Islas Canarias, recibirán el 50 % del importe unitario por hectárea de la ayuda.


En el caso de los cultivos industriales, tomate para industria y arroz, se prevé una ayuda para los productores que excepcionalmente no hayan podido realizar las siembras en 2023 en las tierras que tradicionalmente destinan a estos productos.


Estas ayudas se pagarán de oficio, a los titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarios de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la campaña 2023, cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado 30 de junio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional. Las ayudas, que estarán limitadas a 300 hectáreas para por beneficiario, se pagarán mediante transferencia directa, por parte del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).


Igualmente, con cargo a los fondos habilitados en el mencionado real decreto-ley se transferirán ocho millones de euros a la comunidad autónoma de Extremadura, para que conceda pagos compensatorios a los productores de cereza del Valle del Jerte que se han visto afectados por una inusual concurrencia de fenómenos climáticas, cuyas consecuencias, de no mediar este apoyo, podrían ser irreparables. 


Los pagos se concederán a los agricultores de cereza, con un importe unitario completo para aquellos que hayan suscrito un seguro agrario y del 50 % para aquellos que no lo hubieran suscrito. De esta forma se pretende promover entre los agricultores la contratación de esta forma de cobertura contra los riesgos climáticos.


Los 81 millones de euros de la reserva agrícola de la PAC asignados a España por la Comisión Europea se destinarán a los productores de determinados cultivos leñosos para los que las condiciones de sequía han afectado en mayor medida en las fases críticas de su ciclo de desarrollo. 


Se trata, en concreto, de los productores de fruta de hueso, fruta de pepita, frutos secos, frutas tropicales y cítricos. Se establecerán dos zonas con importes diferenciados de ayuda por hectárea, indicaron fuentes ministeriales.


Así, recibirán el importe unitario por hectárea completo los productores de las provincias de Almería, Granada, Málaga y Álava y de las comunidades autónomas de Aragón, Cataluña, Navarra y La Rioja. Los productores del resto de las provincias de la comunidad autónoma de Andalucía, de Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y la Comunidad Valenciana, recibirán el 50 % del importe unitario de la ayuda.


Estas ayudas se pagarán en forma de subvención directa por parte del FEGA, a los titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarios de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la campaña 2023, con un límite de 70 hectáreas por beneficiario, sin que los productores tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional. El pago de esta ayuda se realizará en el plazo que determine la normativa comunitaria.


El Gobierno ha desplegado, desde marzo de 2022 una batería de ayudas directas sin precedentes para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania y de las adversidades climáticas que suman 1.380,2 millones de euros (sumados ya los 81 millones de euros del fondo de reserva agrícola de la PAC). Estas ayudas extraordinarias se suman a las ayudas directas de la PAC, que reciben anualmente agricultores y ganaderos, por un valor aproximado de 4.800 millones de euros anuales.


Adicionalmente, el Gobierno ha puesto a disposición del sector agrario en su conjunto otras medidas de apoyo de ámbito fiscal, como la reducción general del 25 % del rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva por módulos, o la reducción del impuesto aplicable al gasóleo agrícola. 


Igualmente ha facilitado medidas de liquidez mediante préstamos avalados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agracia (SAECA) a interés reducido y con subvención a parte del capital, así como incrementos en el presupuesto destinado a las subvenciones en los seguros agrarios y en las pólizas del seguro por sequía.


Las comunidades autónomas pueden, si lo estiman necesario, complementar con fondos propios las anteriores ayudas directas habilitadas por el Estado para apoyar a agricultores y ganaderos en los sectores anteriormente reseñados o en otros.


La consulta pública de la orden ministerial se encuentra disponible en el siguiente enlace.

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