Salud

La Comisión Europea suprime la autorización de ocho aromatizantes en la fabricación de alimentos

sábado, 20 de enero de 2024


Laboratorio cultivos ceculares de AINIA (AINIA)


La Comisión Europea (CE) ha suprimido la autorización de ocho sustancias de la lista de aromas que pueden utilizarse en la fabricación de alimentos en la Unión Europea (UE), porque no se han presentado los suficientes informes que avalen su seguridad, según un reglamento.


La decisión, que recoge el Diario Oficial de la UE, afecta a sustancias como: "2-fenilpent-2-enal"; "2-fenil-4-metil-2-hexenal", "4,5-dimetil-3-tiazolina"; "4,5-dimetil-2-etil-3-tiazolina"; "2,4-dimetil 3-tiazolina"; "2-isobutil-3-tiazolina"; "5-etil-4-metil-2-(2-metilpropil)-tiazolina" y "5-etil-4-metil-2-(2-butil)-tiazolina".


Su exclusión de la lista de aromas autorizados se justifica porque las empresas comercializadoras no presentaron los datos suficientes a la Autoridad Europea para la Seguridad Alimentaria (AESA) que respondieran a las preocupaciones y a las solicitudes de este organismo científico.


La medida entrará en vigor dentro de 20 días, pero los alimentos a los que se haya añadido algunas sustancias fuera del territorio comunitario, se hayan importado a la UE y estén en tránsito en estos momentos se podrán comercializar.


Por otro lado, el Diario de la UE ha publicado otra regulación en la que se limita el uso de varios aromas a la espera de que la AESA o EFSA reciba datos para completar su evaluación.


Se trata del "2-fenilcrotonaldehído", "5-metil-2-fenilhex-2-enal" y "4-metil-2-fenilpent-2-enal". 

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