Industria Agroalimentaria

Archivan una causa por la intoxicación de un cliente con agua contaminada

viernes, 2 de diciembre de 2016


Un juez de Alicante ha archivado una causa penal relacionada con la intoxicación que sufrió el cliente de un restaurante de la ciudad al beber de una botella de agua que contenía sosa cáustica, según el auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).


"No existen datos determinantes de la existencia de ningún tipo de infracción punible, ni por lesiones por imprudencia grave, habida cuenta de que no se ha acreditado la existencia de ningún tipo de negligencia", señala el magistrado.


Los hechos ocurrieron el 20 de mayo de 2010, cuando el afectado se abrasó el esófago tras beber agua de una botella de la marca Viladrau que estaba precintada, mientras celebraba con unos amigos la graduación académica de sus hijas en un establecimiento de la Playa de San Juan de Alicante.


En la causa figuraban como imputados por un delito de lesiones por imprudencia cinco empleados de la planta embotelladora de Nestlé Waters SL, una filial de la multinacional suiza, ubicada en la localidad de Arbúcies (Girona).


La investigación ya fue archivada en su día por el anterior titular del juzgado de Instrucción 8 de Alicante, pero la Audiencia Provincial ordenó reabrirla tras estimar un recurso del perjudicado.


La tramitación de estas diligencias han incluido multitud de declaraciones testificales e informes periciales relacionadas con el contenido de la botella contaminada y el proceso de producción en la factoría.


Aunque la fiscalía había informado a favor de procesar a los cinco empleados de la planta, el magistrado Ángel Manuel Villanueva cree que no se han acreditado indicios delictivos para ello, por lo que ha dictado el sobreseimiento provisional de la causa.


En un extenso auto fechado el pasado 24 de noviembre, el juez relata que durante el proceso de producción del lote de botellas entre las que se encontraba la contaminada se detectó una "aportación insuficiente de sosa cáustica".


Ante esa tesitura, para "garantizar el correcto lavado de los recipientes", los trabajadores realizaron una aportación adicional de esa sustancia de forma manual.


Un perito ha dictaminado que hubo un "fallo total de los sucesivos lavados", así como una "omisión de diversos mecanismos de control", pero el juez entiende que no existe "el más mínimo indicio" para llegar a esa conclusión.


"Igualmente tampoco existe ningún tipo de delito de riesgo alimentario, cuestión ésta que ya fue decidida por la propia Audiencia Provincial, en cuanto ni siquiera tuvo en consideración la posible concurrencia de este tipo", añade el magistrado.


La resolución, que todavía puede ser recurrida, hace una expresa reserva de acciones civiles para que el perjudicado pueda acudir a la vía civil a fin de reclamar una indemnización a la empresa 

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