Ganadería y Pesca

Anulan la sentencia que ordenó el cierre de un cebadero de cerdos en Mazarrón porque no se informó al dueño

miércoles, 11 de diciembre de 2019

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado la sentencia que ordenó el cierre de un cebadero de cerdos que había sido autorizado por el ayuntamiento de Mazarrón porque este no informó al dueño de la demanda presentada por un vecino para conseguir su clausura.


La sentencia del TSJRM deja sin efecto la dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Murcia en octubre de 2018, que decretó el "cierre inmediato" de la actividad ganadera, que había sido concedida por el consistorio dos años antes para 900 cabezas de porcino.


El juez, además, declaró el derecho del vecino afectado por esa actividad a ser indemnizado por los perjuicios sufridos, a concretar cuando el cese de la granja fuese efectivo, y condenó a la administración al pago de las costas.


Ahora, la Sala de lo Contencioso ha anulado esa resolución al señalar que se causó indefensión al propietario de la explotación, ya que cuando se presentó la demanda contra el mismo el ayuntamiento no lo emplazó por si quería personarse en las actuaciones en defensa de sus derechos.


Y añade que sí emplazó a otros dos vecinos de la zona, cuando el principal interesado en las actuaciones judiciales era el dueño.


La sentencia ordena retrotraer las actuaciones hasta el momento procesal en que debió ser emplazado por el consistorio para que se cumpla con este requisito. 

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