Plagas
La enfermedad se detectó por primera vez en la Región en junio de 2020 en dos plantaciones de cítricos de Abanilla

Obligan a destruir las plantas afectadas y las de un radio de 20 metros para atajar el 'mal seco' en los cítricos

El granizo, la helada y los vientos fuertes, así como la poda y la recolección, predisponen a los árboles a la infección ya que producen heridas y abrasiones
lunes, 15 de marzo de 2021

Hojas cloru00f3ticas mal seco cu00edtricos (Foto Junta de Andalucu00eda)



El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente por la que se declara la existencia de la enfermedad conocida como el ‘mal seco’ de los cítricos y se dictan medidas fitosanitarias obligatorias para combatirla.


La enfermedad denominada 'mal seco' de los cítricos es causada por el hongo vascular 'Plenodomus tracheiphilus', que penetra en los tejidos de la planta a través de las heridas. Produce la pérdida de la cosecha tanto en calidad como en cantidad y la muerte progresiva o fulminante de la planta. El granizo, la helada y los vientos fuertes, así como la poda y la recolección, predisponen a los árboles a la infección ya que producen heridas y abrasiones.


Dada la incidencia que esta enfermedad puede alcanzar en las plantaciones de cítricos de la Región, así como por el potencial de riesgo que presenta para este sector, y en especial para el cultivo de limonero y pomelo, se hace imprescindible establecer un plan de medidas fitosanitarias de obligado cumplimiento, a llevar a cabo en las zonas de producción citrícola, con el objeto de atajar sus efectos.


De este modo, se establecen una serie de medidas fitosanitarias obligatorias. La primera de ellas es la destrucción por el propietario de la plantación del material vegetal afectado, y de todos los ejemplares sanos existentes en un radio de 20 metros alrededor de las plantas infectadas de especies citrícolas susceptibles de infectarse, mediante arranque y quema que se realizarán de conformidad con la normativa establecida, eliminándose de la parcela todas las raíces y restos vegetales del árbol infectado en el plazo más breve posible.


Además, se prohíbe en las parcelas afectadas por ‘mal seco’ de los cítricos la trituración del material procedente de los restos de poda y otras operaciones de cultivo, así como la salida de material vegetal susceptible de infección, incluidos los restos de poda o de cultivo, excepto frutos desprovistos de pedúnculo y hojas, durante un plazo de dos años.


No se permitirá la plantación o reposición de material vegetal susceptible de infección durante al menos dos años, y se restringirá el paso y la circulación de personas y vehículos sobre la zona infectada, para evitar la dispersión de restos de inóculo presentes en el suelo, durante un mínimo de dos años. 


Igualmente, se evitará que la maquinaria de poda o de cualquier otra labor que haya trabajado en estas parcelas infectadas sea utilizada en otras parcelas o plantaciones sin una labor previa de limpieza y desinfección de los elementos de corte, roturado, etc.


Con carácter general, y de manera obligatoria en las parcelas infectadas, se desinfectarán las herramientas de poda, corte o recolección, antes de su uso sobre los vegetales susceptibles de infectarse presentes en la parcela o en otras plantaciones, mediante una disolución a base de productos autorizados.


También habrá que efectuar obligatoriamente tratamientos con productos fitosanitarios autorizados en el Registro de productos fitosanitarios del Ministerio en las dosis y épocas establecidas para la lucha contra este organismo nocivo.


Igualmente, en explotaciones de cítricos abandonadas afectadas por esta enfermedad, y con el objetivo de evitar la propagación de la plaga en plantaciones vecinas, se procederá al arranque y destrucción de las plantas afectadas.


En caso de incumplimiento de las medidas fitosanitarias obligatorias, la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente hará uso de las multas coercitivas y de la ejecución subsidiaria.


Marchitez repentina mal seco cu00edtricos (Foto Junta de Andalucu00eda)



DETECTADA EN JUNIO


Hay que recordar que en el mes de junio del pasado año se detectó por primera vez la presencia de la enfermedad del ‘mal seco’ de los cítricos en limoneros de la Región de Murcia y, en concreto, en dos plantaciones del término municipal de Abanilla; una enfermedad de la que ya se había detectado un foco en la provincia de Málaga en julio del 2015, y que se transmite a través de las esporas de este hongo dispersadas por las gotas de lluvia, aunque también puede hacerlo por la raíz.


Las heridas y abrasiones provocadas por granizo, helada, vientos fuertes, las labores de poda y recolección, así como los daños generados al alimentarse por los miomorfos y lagomorfos, predisponen a los árboles a la infección. Los períodos de infección dependen de las condiciones climáticas locales de cada zona, siendo más frecuente entre septiembre y abril.


CAMBIOS EN LA NORMATIVA DE QUEMAS


Precisamente, el 5 de enero de 2021 se publicó en la BORM la orden de 30 de diciembre de 2020, por la que se dictan las medidas fitosanitarias a adoptar en caso de acumulación de restos vegetales. 


En concreto, declara la quema controlada de restos vegetales procedentes de la poda u otras operaciones de cultivo generados en la propia explotación, como medida fitosanitaria para evitar la propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o conseguir su erradicación de los organismos nocivos en una serie de cultivos, en los que se encuentra justificada que la acumulación prolongada de los mismos en la explotación puede suponer la existencia contrastada de un riesgo fitosanitario grave para las plantaciones colindantes.


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